Cláusulas suelo: Autónomos y Pymes ya pueden reclamarlas

El Tribunal Supremo establece que las cláusulas suelo también son nulas para los autónomos y pymes en caso de falta de conocimiento.


El Tribunal Supremo ha sentenciado recientemente (11/05/2020) que
los profesionales también tienen derecho a ver anuladas las cláusulas suelo de sus préstamos a tipo variable (las que impiden que bajen las cuotas aunque lo hagan los tipos de interés) impuestas en el contrato de crédito hipotecario. 

Los autónomos, no fueron incluidos en el mecanismo extrajudicial que puso en marcha el propio Tribunal Supremo el 20 de enero de 2017 para la reclamación de las cláusulas suelo tras la sentencia europea que dio razón a los consumidores y obligó a la banca a devolver todo el dinero de estas cláusulas. Con estas dos sentencias, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal sienta jurisprudencia.

La nueva sentencia dictamina que en la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación (LCGC), se establece que la abusividad en las cláusulas contractuales es aplicable no sólo a los consumidores, sino también a empresarios porque, como se reconoce en su exposición de motivos, existen igualmente situaciones de abuso cuando los contratos se firman entre empresas.

Esta resolución se basa en la sentencia 241/2013, de 9 de mayo, que establece que en el Derecho nacional, tanto si el contrato se suscribe entre empresarios y profesionales como si se celebra con consumidores, las condiciones generales pueden ser objeto de control por la vía de su incorporación a tenor de lo dispuesto en los artículos 5.5 de la Ley sobre condiciones generales de la contratación (LCGC), que establece que "la redacción de las cláusulas generales debe ajustarse a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez"-, así como en el artículo 7 de la citada norma, que regula que "no quedarán incorporadas al contrato las siguientes condiciones generales: a) Las que el adherente no haya tenido oportunidad real de conocer de manera completa al tiempo de la celebración del contrato”.

En conclusión, este fallo permitirá a los autónomos, empresas y profesionales reclamar la cláusula suelo en sus préstamos. La defensa debe orientarse al argumento que finalmente ha acogido el Tribunal Supremo, el control de inclusión.

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